Los chats y el material incautado que incrimina al diputado Kiczka y a su hermano: confesiones por whatsapp y cientos de videos prohibidos

 Los chats y el material incautado que incrimina al diputado Kiczka y a su hermano: confesiones por whatsapp y cientos de videos prohibidos

El titular del Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles, Miguel Ángel Faria, ordenó la inmediata detención del diputado puertista Germán Kiczka, pero primero, este jueves, la Cámara de Diputados decidirá el desafuero del legislador.

Este miércoles, Miguel Ángel Faria ordenó la inmediata detención del diputado German Kiczka y de su hermano Sebastián, quienes están acusados de los delitos de publicaciones, reproducciones y/o distribuciones de representaciones de un menor dedicado a actividades sexuales explícitas, tipificadas en el artículo 128 párrafo primero y quinto del Código Penal de la Nación Argentina.

 

Pero previo a llevarse a cabo la detención del diputado, ex presidente del partido político Activar, solicitó a la Cámara de Diputados de Misiones el desafuero del legislador de conformidad a lo normado en el artículo 89 de la Constitución provincial y el 189 del Código Procesal misionero.

Las investigaciones se inician en virtud de la operación denominada «Guardianes digitales por la niñez», organizada por la Coalición de Rescate Infantil (CRC), en conjunto con el Centro Internacional para Personas Desaparecidas y Niños Explotados (ICMEC, por sus siglas en inglés), cuyo objetivo final era no sólo la identificación de víctimas de abuso sexual en línea, sino también de presuntos agresores que compartieron material de abuso sexual infantil.

Por ello, el 16 de enero de 2024 la Unidad Fiscal Especializada en delitos y contravenciones Informáticas a cargo de Daniela Dupuy, con jurisdicción en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, recibió un correo electrónico proveniente del Director de Innovación del CRC, con una invitación a participar de dicha operación, junto con la información necesaria para proceder a la investigación pertinente; y luego del análisis de los datos e información obtenida, se llevaron a cabo las medidas de investigación correspondientes mediante las cuales se logró determinar el lugar de comisión de cada uno de los hechos denunciados, lo que motivó que, el pasado 28 de febrero de 2024, se realizaran ocho allanamientos: dos en domicilios ubicados en el ámbito de CABA, cuatro en la Provincia de Buenos Aires, uno en Misiones; y uno en Tucumán.

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El allanamiento en la casa del papá y del hermano del diputado, en febrero pasado.

Específicamente en Misiones, se ordenó el allanamiento en el domicilio de Leonardo Kiczka (padre del diputado), ubicado en el barrio Illia manzana 15 casa Nº 05 de la localidad de Apóstoles, el cual se llevó a cabo el 28 de febrero de este año, en el cual se obtuvo resultados ampliamente positivos, habiéndose procedido al secuestro de una gran cantidad de dispositivos informáticos.

En consecuencia, en virtud del artículo 185 y 186 del Código Procesal Penal, el Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles, a cargo de Miguel Ángel Faria, se declaró competente por razón de territorio (art. 30 C.P.P.) para entender en las presentes actuaciones.

 

 

En esa línea, teniendo especial consideración a los datos almacenados en los elementos (dispositivos electrónicos) que fueron secuestrados en febrero, los que constituyen prueba fundamental de esta investigación y dada la urgencia ante volatilidad de la evidencia digital, el pasado 23 de abril se ordenó la apertura y extracción de datos forenses, y luego se procedió a analizar la información obtenida.

Con respecto al imputado, Germán Kiczka, surge del «EXPTE N.º 52511/2024 SECRETARIA DE APOYO PARA INVESTIGACIONES COMPLEJAS», de fecha 21/05/2024, que, del análisis de los datos extraídos de la NOTEBOOK, marca ACER V3-771-6614. Nº de Serie NXRXRAL006246000047200, que la misma tiene como usuario administrador el nombre “German”, de donde se despliegan una serie de carpetas.

El 6 de agosto, el juez Faria ordenó allanar la casa del diputado Kiczka.

En la computadora personal del diputado misionero se logró identificar distintas carpetas con documentos y datos completos pertenecientes a German Kiczka, procediendo a la búsqueda en fuentes abiertas para la individualización de este, logrando visualizar que la foto de perfil de su red social Facebook, es la misma que tiene guardada en el dispositivo.

Asimismo, y continuando con el análisis, se encuentra una carpeta denominada «Germn Pic«, ubicado en el escritorio del dispositivo, que cuenta con subcarpetas, donde se halló material de abuso sexual infantil (MASI), tanto en formato fotos como en videos; detallando en la ruta C:\Users\German\Desktop\GERMN PIC\A1 ultimas\VID archivos de videos de una persona de sexo femenino que según lo que expresa la misma en el video, tenía 16 años; como también en las siguientes rutas se encontraron imágenes y videos de iguales características.

 

 

Además del material detallado también se encontró instalado en el dispositivo la aplicación eMule, cuya finalidad principal es compartir archivos a través de internet con otras personas, es gratuito y de código abierto, lo cual permite conectar con millones de usuarios para descargar y compartir archivos de imágenes, videos, música, entre otros. Lo aquí descargado, salvo se modifique, se guarda por defecto en una carpeta llamada Incoming. que significa entrante.

En este caso, el usuario “German” tenía dicha carpeta llamada «incoming», y dentro de esta dos sub carpetas creadas con los nombres “Nueva carpeta” y “Nueva Carpeta 2”, en su interior se pudieron visualizar gran cantidad de archivos MASI (material de abuso sexual infantil) descargados de dicha aplicación, adjuntando en el informe la ruta y nombres de los archivos como también imágenes y varios archivos de video de prácticas zoofílicas que involucran a menores, con una edad presuntiva, inferior a 13 años, en actos sexuales con animales.

Por su parte, la Secretaria de Apoyo a Investigaciones Complejas del Poder Judicial de la Provincia (SAIC) Concluyó: “… se advierte que el usuario de la notebook ACER que por lo investigado ut supra seria el Sr. Kiczka German, registra un parámetro de exploración que se repite al momento del intercambio de archivos, relacionando búsquedas con un patrón especifico relacionado al incesto y búsquedas específicas de material de abuso sexual infantil, inclusive material de menores practicando la zoofilia”.

diputado Kiczka
El diputado de Misiones fue allanado en una causa por explotación sexual infantil.

Es importante aclarar que no se habla aquí de material de “pornografía infantil”, dado que dicho termino implica un consentimiento de las personas que participan (los menores de edad), y que dicho consentimiento no existe ya que los niños, niñas y adolescentes vinculados a estos actos son sometidos a los mismos, convirtiéndose en víctimas de delitos sexuales. Sus exploraciones en la aplicación Emule, redundan en la selección de características abusivas intrafamiliares, como así también practicas zoofílicas, bajo los nombres “hermana, hermano, sister, brother, madre, padre familia, niñera, soo/dog”.

Cabe destacar que, eMule es un programa para intercambio de archivos con sistema P2P. Una red P2P (peer to peer) consiste en un programa de intercambio de archivos en el que se comparten todo tipo de documentos y que permite tanto el almacenamiento como la descarga directa desde el ordenador de uno o más usuarios de manera descentralizada, ya que cada equipo conectado a su red desempeña tanto funciones de servidor como de cliente.

 

 

Al respecto, se puede establecer que al tener la aplicación Emule instalada, automáticamente por defecto se crea la carpeta denominada Incoming, y en ella se almacenan los archivos que se han obtenido en su totalidad de otras computadoras. En ese sentido, es importante remarcar que estos archivos están siendo compartidos o puestos a disposición del resto de usuarios de la plataforma mientras se mantengan en dicha carpeta, es decir, de libre acceso y distribución de aquellos usuarios que consumen los archivos MASI.

Si son movidos o borrados manualmente de dicha carpeta, dejaran de estar a disposición de otros usuarios de eMule. En el caso de este usuario, se puede determinar que el mismo distribuye los archivos descargados de material de abuso sexual infantil (MASI), dado que no ha modificado la carpeta de destino de los archivos descargados, quedando los mismos en la carpeta “Incoming” a disposición de otros usuarios que consumen dicho material. Además, se han encontrado coincidencias en archivos hallados en la notebook ACER (videos con contenido sexual infantil) y los archivos denunciados por la UFEDYCI.

Siguiendo la línea investigativa, con respecto a Sebastian Kiczka surge del informe de la SAIC: «ΕΧΡΤΕ Ν.» 68458/2024 SECRETARIA DE APOYO PARA INVESTIGACIONES COMPLEJAS», del que se desprende en base al analizar los datos extraídos del elemento Xiamoi Redmi Note 8, y verificando que el mismo tiene como usuario asociado el e-mail [email protected], de cuyo usuario surge una interacción con una web llamada QUORA -red social de preguntas y respuestas donde los usuarios pueden comentar las preguntas y valorarlas mediante votos positivos o negativos- En dicha web, el usuario [email protected] realizó la pregunta «es apropiado que una hija menor comparta la cama con el padre?

El mameluco que encontraron en el auto del diputado.

Asimismo, en el informe se pueden visualizar chats de Whatsapp entre Sebastián Kiczka y distintos usuarios, destacando los siguientes mensajes que llaman la atención por el contenido: Chat de WhatsApp entre contacto [se reserva la identidad por tratarse de un menor de edad] y Sebastián Kiczka siendo algunas de las conversaciones “…Sebastián: Yo me baje una app para ver nenitas…12 (años)… [se reserva la identidad por tratarse de un menor de edad]: vos me pasaste uno una vez y tenía como 7… le dejaban el orto así…”; Chat de WhatsApp entre contacto [se reserva la identidad por tratarse de un menor de edad] y Sebastián Kiczka siendo algunas de las conversaciones “….Sebastián: Quiero la de 14…No sé como pero siempre safo… Y mira q me coji menores ee…”; Chat de WhatsApp entre contacto [se reserva la identidad por tratarse de un menor de edad] y Sebastián Kiczka; Chat de WhatsApp entre contacto [se reserva la identidad por tratarse de un menor de edad] y Sebastián Kiczka siendo algunas de las conversaciones “…Sebastián: estoy con mi vecinita, te quiere conocer… le preste mi cel para que juegue… [se reserva la identidad por tratarse de un menor de edad]… Todo el tiempo está perreando jaja…. La mamá le dice que deje de perrear… la voy a esperar 3 años más máximo… [se reserva la identidad por tratarse de un menor de edad]: pero cálmate Sebastián… quieto… tiene como 5 la nena… Sebastián: Bueno la voy a esperar 5 años… Hay dios me tengo que sacar esa adicción a las menores… pero es que me gustan… Y cuando quiero me atiendas en el baño… Te siento en la barra como a las nenitas cuando van a visitarme…y te hago dibujar o jugar con plastilina… Vos tenes 14??… [se reserva la identidad por tratarse de un menor de edad]: si…”; Chat de WhatsApp entre contacto entre Sebastián Kiczka y un grupo de hombres que se llama “Los verdaderos” siendo algunas de las conversaciones “…igual no entran menores… vamos a hacer entrar alguna que otra para vos… descuento al padre si el hijo va con el padre… vamos a llenar de menores…”. se destaca entre los mensajes que se menciona la idea de hacer entrar menores para el Sr. Kiczka a la fiesta que organizan.

En cuanto al Historial de búsqueda en internet, los peritos pudieron encontrar un usuario registrado en la web www.xvideos.com (web de contenido pornográfico), y en cuanto al parámetro de búsqueda en esta y en distintos sitios web de contenido pornográfico, se observó que se repite continuamente la exploración de contenido relacionado a la zoofilia.

 

 

Consecuentemente del EXPTE N.º 52511/2024 obran los informes remitidos por la Secretaria De Apoyo Para Investigaciones Complejas, que se procedió a analizar los datos extraídos del elemento pendrive Sandisk de 4 GB del que surge que existen una serie de videos eliminados que no pudieron ser visualizados pero dan cuenta de ser archivos con contenido MASI (Material de Abuso Sexual Infantil), de acuerdo al nombre de los mismos.

En dicho dispositivo se han encontrado imágenes variadas que coinciden con imágenes que aparecen en redes sociales de Sebastián Kiczka, asimismo se han encontrados imágenes de la red social Instagram perteneciente al hermano del diputado, en donde se observan una serie de fotos utilizadas para recrear una maqueta, como también flayers de un lugar llamado «ESTUDIO55», las cuales también aparecen en el dispositivo, como también se han encontrado miniaturas de videos eliminados que no pueden reproducirse pero se visualizan características de MASI.

Concluyendo dicho informe se encontró en el dispositivo Pendrive Sandisk de 4 GB, que por el contenido seria de Sebastián Kizcka, imágenes miniaturas de videos eliminados con características de material de abuso sexual infantil. Además de estas, se han hallado archivos de video que tampoco han podido visualizarse por estar eliminados pero que el software Autopsy ha podido recuperar cierta información, como el nombre de los mismos datos que da cuenta del tipo de contenido de esos archivos.

Las conductas descriptas, y la utilización de internet y otros medios de comunicación para su cometido, se ven en su mayoría contempladas en el artículo 128 del Código Penal, el cual considera delito a la tenencia, facilitación, distribución y producción de imágenes de explotación y abuso sexual infantil, agravando la pena en aquellos casos donde la víctima sea menor de 13 años.

diputado Kiczka
Germán Kiczka y su amigo Pedro Puerta.

El fundamento de esta figura penal, que reprime la tenencia de imágenes de explotación y abuso sexual infantil, si es que hay otro afectado, y ese otro es un niño abusado sexualmente. Se sanciona la tenencia de ese material no sólo porque se vulnera la integridad e indemnidad sexual y psicofísica cuando los niños son filmados y expuestos a escenas de contenido sexual, sino porque cada vez que acceden a esa imagen se los revictimiza. Por lo tanto, todo acto de pornografía infantil implica necesariamente un abuso sexual infantil.

Según la legislación argentina, por su condición de sujetos de derecho vulnerables, así como por el principio constitucional y convencional del interés superior del niño, el Estado debe ejercer su potestad punitiva cuando son víctimas de delito. Se debe investigar, juzgar y sancionar estas conductas ilícitas y a sus responsables con el máximo rigor legal

 

 

Con las pruebas sobre la mesa, la Fiscal Silvia María Barronis, solicitó que se proceda a la detención de los hermanos German y Sebastián Kiczka, atento a la gravedad de los hechos que se investigan y a los fines de evitar entorpecimiento del proceso, teniendo en cuenta el estado de la investigación, pericias pendientes de producción, y que la libertad de los involucrados pueda poner en peligro la recolección de los elementos probatorios y el desenvolvimiento del proceso.

La fiscal elevó además su pedido al Juez Faria de que los hermanos sean citados a audiencia indagatoria con todas las garantías de ley y se les impute la distribución a personas no individualizadas de seiscientos tres archivos multimedia con contenido de explotación sexual infantil, observándose en todos ellos a niños y niñas de muy corta edad, algunos de los cuales a simple vista se advierte que no alcanzan los 13 años de edad, siendo abusados sexualmente mediante diferentes prácticas como penetración (anal y vaginal), felaciones, entre otras, como así en situaciones de desnudez, exhibiéndose sus genitales; utilizando los usuarios identificados con 7BICB22DA30EE91B0488043488826FBI N° de Guid y F85234B6CE0E3D27CFF3933FF9326F8C en el período comprendido entre los días 2 de diciembre de 2023 a las 06:11:46 hora local y el 10 de enero de 2024 a las 08:36:46 horas, mediante la plataforma eMule y a través de la dirección IP 131.108.143.147.

 

Todo ello debido a que partir de la investigación se logró determinar que las tres conexiones seleccionadas como muestreo, mediante las cuales se efectuaron accesos al usuario denunciado, fueron asignadas por la empresa Cable Norte TV SA al domicilio en barrio Illia, manzana 15, casa 5, de la ciudad de Apóstoles, siendo el titular el imputado Leonardo Kiczka (padre), donde también reside su hijo Sebastián Kizcka, y donde se procedió al secuestro en fecha de la Notebook ACER V3-771-6614 perteneciente al Legislador Provincial German Kiczka, sin poder determinar hasta el momento mejores circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos investigados.

Por su parte, con respecto a la condición de Legislador Provincial de Germán Kiczka, solicitó que previo a todo trámite se lleve a cabo el procedimiento previsto en el artículo 198 de la normativa procesal vigente, Ley XIV N. 13.

El juez Miguel Ángel Faria, coincidiendo en un todo con lo dictaminado por la fiscal, dado la inmunidad de arresto y detención respecto del mencionado German Kiczka, el cual reviste la calidad de Diputado, y tratando la presente medida judicial ordenada, previamente y a sus efectos, consideró pertinente proceder a formalizar el inmediato pedido de desafuero de conformidad al artículo 89 de la Constitución de la Provincia de Misiones, el cual reza: «Cuando se promueva acción penal contra un miembro de la Cámara, ésta podrá, luego de examinar el mérito del sumario en juicio público, con los dos tercios de votos de los miembros presentes, levantar los fueros y ponerlo a disposición de juez competente». Y el artículo 198 del Código Procesal Penal de Misiones el cual establece que «…si se formula requerimiento fiscal contra un legislador o los funcionarios o magistrados a que se refieren los Artículos 114 y 140 de la Constitución Provincial, el Tribunal competente debe disponer la formación del proceso, pero no puede conducirlo por la Fuerza Pública, ni detenerlo, ni hacer efectiva la prisión preventiva, ni decretar la elevación de la causa a juicio, sin solicitar previamente el desafuero ante quien corresponde, acompañando copia de las actuaciones y expresando las razones que lo justifican…Si se rechaza el desafuero del legislador, funcionario o magistrado, el Tribunal competente, en su caso, debe poner inmediatamente en libertad al imputado, debe declarar por auto que no se puede proceder y debe archivar las actuaciones”.

 

 

El magistrado concluyó que sin perjuicio de otras conductas delictivas más graves o de idéntica naturaleza que puedan resultar del análisis de los dispositivos secuestrados, estimó suficiente mérito como para obrar de conformidad a lo establecido en el artículo 288 del C.P.P. que en sus partes pertinentes reza “… el Juez debe librar orden de detención para que el imputado sea llevado a su presencia, siempre que haya motivo para recibirle indagatoria. La orden debe ser escrita, contener los datos personales del imputado u otros que sirvan para identificarlo y el hecho que se le atribuye y es notificada en el momento de ejecutarse o inmediatamente después, con arreglo al Artículo 159 del presente Código. Sin embargo, en casos de suma urgencia, el Juez puede impartir la orden verbal o telefónicamente, haciendo constar la misma”.

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