Ingresa a la nota y enterate ¿Cómo funcionan las agencias de cobro?

Carlos Alemán Urquiza, Abogado Local, en diálogo con Radio Yguazú Misiones, nos explicó cómo funcionan las agencias de cobranzas.

Primeramente, comentó que en algunas situaciones uno tiene una deuda legítima con cualquier tipo de casa de créditos personales, de venta de electrodomésticos o bienes muebles a crédito, por circunstancias uno quiere creer ajenas a la voluntad de las partes, es que uno se atrasa con los pagos, se vuelve una bola de nieve, no los puede pagar y es allí donde la empresa que te brindó el servicio o te entregó el producto a crédito y te está intimando o solicitando que abones, ya agotó todos sus esfuerzos para poder tener el dinero que vos les estás debiendo, recurre a un estudio jurídico o una agencia de cobros.

¿Qué diferencia un estudio jurídico de una agencia de cobros?

El estudio jurídico está compuesto por abogados que están habilitados por la matrícula a poder ejercer ante los juzgados un juicio ejecutivo en el caso de que se agote lo que sería una vía prejudicial que seguramente alguien habrá tenido una situación personal o habrá escuchado de alguien que lo llamaron de un estudio jurídico, diciendo de que estaba debiendo, que la situación había pasado a legales.

Lo primero que hace el estudio jurídico, en lugar de tomar toda la carpeta con tus datos y deudas y decir realizamos un juicio ejecutivo, hace una gestión prejudicial, es decir invitan a la persona que debe a pagar la deuda que tiene porque ya tienen su carpeta, ya no depende de la empresa que le quiere cobrar, porque su legajo con su datos y su deuda se encuentra en el estudio jurídico, lo invitan a que pague la deuda y los honorarios profesionales que le demandó la gestión para cobrar.

Si la persona no paga en ese momento que lo están invitando a que abone su deuda más los honorarios profesionales que le demandó la gestión para cobrar, allí sí como estudio jurídico están avalados para iniciar el juicio ejecutivo y ahí se denomina un cobro compulsivo, es decir, directamente te hacen un juicio ejecutivo reclamando no solo la deuda, sino los intereses compensatorios, moratorios y también los honorarios profesionales.

En el caso de las agencias de cobros, el Abogado Local indicó que pueden llegar a estar representadas por un abogado pero en realidad lo único que hacen es gestionar un cobro, puede ser un simple monotributista que está a cargo de la empresa, una sociedad anónima y lo único que hace es intimar el pago y recurre a ciertas técnicas que son de ética dudosa, porque como no tienen el martillo para ejecutar una deuda ante un juzgado, intiman a la persona a través de determinados mecanismos. Por ejemplo: te llega un formato igual como si fuera un oficio de juzgado intimándote a que pagues la deuda, o se presenta una persona en la casa de tu vecino, consultando sobre tu persona (sabiendo que no vivís allí) comunicando al vecino que vos estás debiendo, son técnicas de hostigamiento.

Por otro lado, Carlos explicó que un juicio ejecutivo demora su tiempo, depende del juzgado, de los tiempos del juzgado y de las oposiciones que presente la persona ante el juicio.

Lo primero que tiene que hacer la persona cuando recibe un llamado intimándolo al pago porque le van a embargar sus bienes, no se tiene que desesperar, tomar papel, lápiz y preguntar: el número de expediente judicial donde están tramitando el juicio ejecutivo, el nombre del juez interviniente en la causa, de qué localidad es el juzgado en el que se encuentra la causa judicial y nombre y matrícula del abogado querellante (el que está llevando adelante el juicio ejecutivo), son datos que deben brindarle sin ningún tipo de reparo.

Asimismo, el Abogado Local, explicó sobre qué puede hacer una persona cuando le llaman, por ejemplo de un banco reclamando una deuda que no tiene.

En principio, indicó que la manera más fácil de proceder es solicitar todos los datos de la entidad que te está reclamando, no la que te está reclamando telefónicamente que sería la agencia de cobro, sino la que dicen que vos le estás debiendo, por ejemplo un banco X. 

Buscar los datos en internet del banco, llamar por teléfono y solicitar un libre deuda, obviamente uno nunca tuvo un trato comercial con esa entidad, te van a consultar: ¿por qué solicita el libre deuda si ni siquiera figura en nuestros registros?, por favor pide el libre deuda, te lo van a entregar y uno ya se queda tranquilo.  

Entonces, por cualquier tipo de reclamo que te llegue, ya sea de manera fraudulenta, que quieran iniciar un juicio ejecutivo con datos falsos, uno con el libre deuda puede presentarlo como oposición y decir no debo absolutamente nada.

Por otra parte, habló acerca de una situación que a muchas personas cotidianamente le sucede, cuando te llaman operadores de empresas de telefonías, ofreciéndote un cambio de plan, de servicio, inclusive cambiar de compañía o situaciones similares, hay una manera de evitar que te sigan llamando y se denomina Registro Nacional No Llames Más, allí uno coloca sus datos personales y ya no llaman más.

Para concluir, agregó que si luego de completar los datos en el registro, vuelve a recibir un llamado, uno puede denunciar.

Si deseas más información comunícate al número telefónico del Estudio Jurídico: 3757-507805 o podes dirigirte a calle Guatambú 84 de la ciudad de Puerto Iguazú para más asesoramiento.

 

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