Empresarios de Iguazú en pie de guerra

 Empresarios de Iguazú en pie de guerra

Empresarios de Puerto Iguazú en pie de guerra, reclaman el pago de servicios prestados a la empresa Despegar que arbitrariamente suspendió los pagos por 120 días.

Dentro de las medidas ante esta pandemia global, la AHGAI en su rol de representante de las empresas que la componen, realiza diversas gestiones en defensa de los derechos de sus asociados.

Ante la unilateral medida de excesivo diferimiento de pago por parte de la Agencia de Viajes Despegar, que adeuda altísimas sumas de dinero a los hoteles de Puerto Iguazú por servicios efectivamente prestados, se ha cursado la siguiente nota al Ministerio de Turismo de la Provincia.

 

 

La ASOCIACIÓN HOTELERA, GASTRONÓMICA Y AFINES DE IGUAZU (AHGAI), me ha encomendado ponerme en contacto con Ud. con motivo de los problemas del sector respecto de la cobranza de servicios de alojamiento prestados a la empresa DESPEGAR.COM.AR S.A., a los fines de solicitar vuestra intervención como organismo provincial que regula y atiende todo lo atinente al Turismo en la jurisdicción.

 

DESPEGAR, como es de su conocimiento, constituye una importante plataforma de reservas hoteleras, pasajes aéreos, alquiler de autos, etc. con oficinas en 7 países y más de 3.500 empleados. Por sus servicios percibe una comisión por las ventas, la que normalmente, en Hotelería, es liquidada a los 40 días de la facturación de los mismos por el prestador (el Hotel). El pago de las ventas de alojamiento lo percibe DESPEGAR y liquida su importe -deducida su comisión- a los Hoteles mediante transferencia bancaria.

Las empresas Hoteleras de Iguazú operan en gran medida con DESPEGAR, al punto que para algunos establecimientos constituye el 80% de su facturación. Las facturas pendientes de pago corresponden a servicios prestados en febrero y marzo del corriente año.

El 14/04/2020 nuestros asociados recibieron un comunicado de DESPEGAR (general para el sector) anunciando que, con motivo de la Pandemia y su afectación al rubro, y supuestamente siguiendo el ejemplo de otras empresas, se disponen a diferir pagos por un plazo de 120 días mediante un proceso de revisión de sus políticas y procesos, lo que llevaría los plazos de pago a 160 días, resultando una decisión unilateral, arbitraria e inconsulta que ha generado absoluto rechazo.

Adicionalmente, en el diferimiento de pagos anunciado, existe un perjuicio de naturaleza fiscal por los impuestos -IVA, IIBB- correspondientes a los servicios facturados por los Hoteles.

 

Lo más grave de la situación radica en que DESPEGAR ha percibido los servicios facturados y pretende retenerlos por 120 días, financiando su enorme organización con el sector Hotelero, que en Iguazú, en su mayor proporción, está constituido por establecimientos PYME y estructuras de tipo familiar. Ello en un momento de aguda crisis del sector, sin actividad y con graves problemas de financiamiento que ponen en riesgo la preservación de las empresas y consiguientemente de las fuentes de trabajo.

 

A través de AHT se efectuó el correspondiente reclamo a DESPEGAR, sin respuesta a la fecha. Lo que pretenden las empresas Hoteleras nucleadas en la Asociación Hotelera Gastronómica y Afines de Iguazú (AHGAI) es que el Ministerio de Turismo de la provincia interceda ante el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación a fin de que la empresa DESPEGAR cese en la retención en el pago de servicios prestados, abone  los mismos a los Hoteles de Iguazú en tiempo y forma, y se la aperciba con la aplicación de sanciones que afecten su licencia o autorización para operar si ello no fuere realizado.

 

Es dable destacar que dicha conducta constituye, sin duda alguna, una indebida retención de fondos ajenos, lo que podría constituir un supuesto de defraudación. Mi mandante, sin perjuicio de ello, desea que a través de su mediación, pueda arribarse a una justa composición de los intereses de las partes sin tener que recurrir a la vía judicial.

 

Adjunto nota de AHT  a DESPEGAR y proyecto de CD de AHGAI a DESPEGAR, quedando a la espera de su comentario y/o requerimiento de la documentación que pudiere precisar a los fines antes expuestos. La CD de AHGAI será remitida en la fecha

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