El gobierno Nacional habilitó el autoservicio de combustible


El Gobierno Nacional oficializó la autorización del autodespacho de combustible en las estaciones de servicio a través del Decreto 46/2025, publicado en el Boletín Oficial. La medida, de carácter opcional para los expendedores, permite que las estaciones habiliten surtidores de autoservicio en todo el país.
El decreto establece que las estaciones de servicio podrán adoptar esta modalidad de manera total o parcial, combinando surtidores tradicionales con los de autoservicio. Una vez finalizada la carga de combustible, el usuario deberá reponer la tapa del tanque y colocar la manguera en su sitio antes de encender el motor.
Las empresas que quieran ofrecer este servicio deberán obtener autorización de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, que será el organismo encargado de regular los requisitos para su implementación.
El Ejecutivo justificó la decisión en los avances tecnológicos que han experimentado las estaciones de servicio en los últimos años, lo que permite incorporar nuevas opciones sin comprometer la seguridad. Se señaló que la modalidad de autoservicio ya es habitual en varios países como Estados Unidos, la Unión Europea, Perú, Venezuela, Colombia y Uruguay.