Actuación en la emergencia y actividades en tiempos de pandemia

 Actuación en la emergencia y actividades en tiempos de pandemia

 

En reunión de acuerdo extraordinario Nro. 7 los miembros de la Corte Misionera dispusieron continuar la suspensión de los plazos procesales hasta el día 17 de abril y requirió la máxima colaboración a los profesionales del derecho en cuanto a la actualización de las herramientas procesales y la instrucción a los colegiados para que entre todos se proteja a la población, sobre todo la vinculada directamente con el Poder Judicial.

Los ministros del STJ acordaron el funcionamiento y atención al público se ampliará de 7 a 12, aunque continuará siendo con personal reducido con una ventanilla por dependencia, y es allí donde se requirió la colaboración de la ciudadania quienes deberán acudir a las dependencias una vez agotadas las vías tecnológicas de consulta. En caso de que de manera excepcional requieran concurrir a los estrados judiciales, deberán solicitar turno por vía telefónica.

El Poder Judicial, por su parte, prestará servicios en doble turno donde cada juez volverá a su puesto de trabajo con un equipo de trabajo de 4 empleados  por turno y donde se prioricen las medidas de seguridad estipuladas para la protección de la ciudadania. Los horarios serán de 7 a 12 y de 13 a 18, recordando que todo tipo de consultas deben ser evacuadas previamente por teléfono o via mail a la dependencia que lo requieran, teniendo presente que todos los datos están en la guía de autoridades en el sitio oficial https://www.jusmisiones.gov.ar.

La tecnología será quien prime en el manejo de todas las áreas en el ámbito judicial, tanto para los empleados del Poder como para los colegiados ya que las audiencias y capacitaciones o todo tipo de entrevista se realizarán, siempre que sea posible, por los canales tecnológicos habilitados a tal fin.

Se requiere al colegio de abogados brinde a sus asociados las herramientas necesarias para viabilizar todos los trámites de forma digital utilizando el Sistema de Gestión de Expedientes Digitales (SIGED) para presentar todos los escritos y documentales escaneados así como también cumplimentar con todas las medidas de seguridad apropiadas en caso de concurrir a las dependencias judiciales.

“Conforme las particulares circunstancias imperantes y mientras dure la emergencia, en todo escrito que se presente vía SIGED el letrado deberá manifestar bajo juramento que los documentos que sube escaneados al sistema informático (escritos y documentos anexos que constituyen prueba documental), son copia fiel de los originales que retiene en su poder en calidad de “letrado depositario judicial” y que asume la obligación de su custodia y conservación, como así también la de presentar los originales cuando el Juez lo requiera de oficio o a pedido de parte. La designación del letrado en calidad de depositario judicial será efectuada por el juez al proveer la presentación electrónica,” es lo que se dispuso en el punto décimo quinto. Sugiriendo a los mismos que inicien los trámites requeridos por la Oficina Nacional de Tecnología de la Información (ONTI) a los fines de constituirse como autoridad de firma digital remota y de esta manera otorgar la firma a sus colegiados evitando así el costo de adquisición del token.

El acuerdo rescata en cada uno de sus puntos la fundamental preocupación por mantener y extremar las medidas de seguridad requeridas ante la pandemia producida por el coronavirus  COVID-19 necesarias para el cuidado de la salud de los habitantes en general y de los  integrantes de este Poder Judicial, en particular.

¿Qué opinión Tenes sobre esta nota?
+1
0
+1
0
+1
0
+1
0
+1
0
+1
0
+1
0

Dejar un comentario

Nombre o email opcionales.