Tras críticas del Gobierno Nacional, el STJ de Misiones habilitó a los policías a votar el 8 de junio

El máximo tribunal provincial declaró inconstitucional la cláusula que impedía sufragar a los efectivos policiales y de fuerzas armadas. La decisión llegó luego de los cuestionamientos públicos de la ministra Patricia Bullrich.
En un fallo histórico y con mayoría de votos, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Misiones resolvió declarar inconstitucional el inciso 10 del artículo 48 de la Constitución provincial, que prohibía el derecho al voto de los integrantes de las fuerzas armadas y de seguridad, tanto nacionales como provinciales. La medida se conoció este miércoles y representa un giro en el proceso electoral que se celebrará el próximo 8 de junio.
El expediente N° 76.584/2025 fue promovido para impugnar la validez constitucional de la restricción, que previamente había sido respaldada por el Tribunal Electoral de Misiones. Sin embargo, el STJ concluyó que la cláusula vulnera los principios consagrados por la Constitución Nacional y diversos tratados internacionales de derechos humanos.
La resolución se produjo horas después de una fuerte crítica de la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, quien había denunciado públicamente la desigualdad del sistema electoral misionero. A través de sus redes sociales, escribió: “¡El mundo del revés! En Misiones pueden votar los presos y los extranjeros, pero no los gendarmes, prefectos, policías federales, de seguridad aeroportuaria ni del servicio penitenciario. Tampoco la policía provincial”.
Bullrich había adelantado que desde su cartera se impulsaría una acción de inconstitucionalidad: “No vamos a permitir que se silencie la voz de nuestras fuerzas”.
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