En Iguazú rige la Resolución N.º 728/19 de la prohibición de pirotecnia

 En Iguazú rige la Resolución N.º 728/19 de la prohibición de pirotecnia

Se recuerda a todos los ciudadanos de nuestra ciudad que mediante la resolución N.º 728/19  «Serie A» de la Municipalidad de Puerto Iguazú, está prohibido la tenencia, fabricación, comercialización, depósito, venta, circulación, transporte sea mayorista o minorista y el uso particular de todo elemento de pirotecnia y cohetería.

La resolución indica que se entiende por pirotecnia a los dispositivos que están preparados para que ocurran reacciones pirotécnicas en su interior o específicamente al arte, ciencia, o industria de hacer fuegos artificiales, cohetes, rompe portones, bombas de estruendo, triángulos, petardos, buscapiés, luces de bengala, garbanzos, estrellitas y cualesquiera otros análogos en los que se utilice cualquier compuesto químico o mezcla mecánica que contenga unidades oxidantes y combustibles u otros ingredientes, o cualquier sustancia que por sí sola o mezclada con otra pueda ser inflamable, no importando las cantidades o proporciones que contengan esos compuestos químicos, mezclas mecánicas o la forma y diseño de estos productos o artificios que al ser encendida por el fuego, por fricción, conmoción, percusión o detonador, cualquier parte de dicho compuesto o mezcla pueda producir una repentina reproducción de gases capaces de producir sonido o fuego o ambos.

Quienes la infrinjan deberán afrontar sanciones, las cuales serán verificadas y ejecutadas por el Juzgado de Faltas.

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