Elevan a juicio causa por desaparición de cocaína del depósito policial

 Elevan a juicio causa por desaparición de cocaína del depósito policial

Ante la imposibilidad de probar la autoría material del hecho, los policías serán juzgados por incumplimiento de los deberes. Los procesados están en disponibilidad.

Agotada la instrucción que lleva un año y medio, sería inminente la elevación a juicio oral de la causa que investiga la desaparición de un kilo de cocaína de máxima pureza que se hallaba en resguardo del depósito de la Unidad Regional II de Policía de Oberá, según precisó un vocero del caso.

Ante la imposibilidad de probar la autoría material del hecho, ya que en el lugar no había cámaras ni se registraban los ingresos, el juez Federal de Oberá Alejandro Gallandat sólo halló elementos para procesar por incumplimiento de los deberes de funcionario público a cinco policías.

Como contrapartida, dictó la falta de mérito para los doce imputados -nueve policías y tres civiles- con relación al faltante de droga (peculado, sustracción de pruebas y transporte de estupefacientes agravado por la calidad de funcionario público), ya que no fue posible probar quién o quiénes sustrajeron del estupefaciente.

La falta de mérito fue dispuesta el 8 de marzo del año pasado, por lo que restan días para cumplir el plazo estipulado de doce meses para dictar el sobreseimiento definitivo de los imputados.

En síntesis, por el momento la Justicia Federal no halló elementos para acusar a ningún policía por la desaparición de la cocaína; pero sí para responsabilizar a cinco de ellos por no haber custodiado adecuadamente el depósito de secuestros que se hallaba en dependencias de la Seccional Tercera.

Los procesados son los oficiales Carlos Ariel L. y Hugo Ariel B., y los subalternos Mauro Maximiliano M., Darío Rafael D. y Ariatna Agustina A.

Asimismo, por disposición de la Jefatura de Policía los cinco se hallan en disponibilidad, es decir apartados de sus funciones.

“Fallas en la seguridad”

El faltante de cocaína fue detectado el 11 de agosto del 2020 y desde un primer momento las sospechas se enfocaron en los funcionarios encargados de la custodia, ya que la puerta de acceso al depósito no fue forzada, por lo que quien o quienes tomaron la droga disponían de las llaves del resguardo.

En el fallo del procesamiento dispuesto por Gallandat se estableció que “estaba a cargo de los agentes de la División de Toxicomanía la conservación y mantenimiento de los elementos confiados a su custodia, lo que conllevaba adoptar las medidas necesarias para su seguridad y evitar su sustracción o destrucción, como parte del cumplimiento de sus funciones”.

Asimismo, puntualizó que en el trámite del expediente “se detectaron numerosos incumplimientos y fallas en la seguridad del depósito” de Toxicomanía, con ser la “ausencia de una guardia o control constante en el depósito”.

También se menciona la falta de designación de un responsable directo del depósito y que la llave de ingreso al mismo estuviera en un lugar de fácil acceso y al alcance de cualquiera de los agentes de la División, tal como se estableció.

Otras fallas de seguridad fueron que se podía ingresar al depósito sin ser visto por la guardia de la dependencia y que no se llevara ningún registro del ingreso al depósito. Tampoco se colocaban fajas de seguridad y no había cámaras de seguridad, alarmas u otras medidas, “lo cual favoreció en gran medida la posibilidad de extraer -como ocurrió- estupefaciente resguardado en ese lugar”, se precisa en el dictamen.

Sin pena de cárcel

El dictamen de marzo del año pasado dejó constancia que “los policías incumplieron las disposiciones legales propias de sus funciones, inclusive dieron directivas que alivianaron el control de entrada al depósito de la Seccional, y que el accionar de los involucrados produjo un perjuicio a las fuerza y a los bienes del Estado, dando lugar no sólo a la extracción de la droga, sino que además colaboró con su posible impunidad”.

En este último párrafo, Gallandat explicitó abiertamente las dificultades planteadas para probar la autoría material del hecho, al punto que reconoció que el crimen podría quedar impune.

En cuanto a las responsabilidades, se precisó que los agentes procesados son el ex jefe y el ex subjefe de la ex División Toxicomanía de Oberá en su carácter de máximas autoridades a cargo de la dependencia.

La medida también alcanza a un suboficial -tercero en la cadena de mando con casi 15 años de servicio en la dependencia- y dos subalternos que pocos días antes de detectarse el faltante ingresaron al depósito sin anunciarse en la guardia de la comisaría y sin estar acompañados por los jefes de la División, detalló el dictamen.

Con relación a las posibles penas, el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público establece una pena de un mes a dos años de prisión e inhabilitación especial por doble tiempo.

En tanto, el pasado 28 de diciembre la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas notificó a las partes que no hizo lugar a los respectivos recursos de apelación, por lo que confirmó el procesamiento de los citados. El dictamen lleva la firma de los camaristas Mario Osvaldo Boldu y Ana Lía Cáceres de Mengoni.

“Omisión y falta de interés”

Con relación a la apelación de la defensa de Carlos Ariel L. y Hugo Ariel B., para la Cámara no es un dato menor el rol jerárquico que ostentaban, ya que eran el jefe y segundo a cargo, respectivamente.

“De las declaraciones prestadas por los imputados y testigos, se advierte que el oficial L. no concurría con frecuencia al depósito, evidenciando una omisión y falta de interés. Que en coincidencia con lo señalado por el juez, se observan irregularidades en el manejo de los registros”, indica el dictamen.

Dicha irregularidad “generó la imposibilidad de establecer con certeza cuántos fueron los ingresos del personal al depósito de estupefacientes entre otra información relevante para la presente causa. Deficiencias que no podían desconocer el personal a cargo, en especial las máximas autoridades de la división”.

Tampoco resulta una cuestión menor la franja de tiempo en la que pudo haber sido sustraída la droga, ya que no había controles periódicos.

Por ello, en función de los registros la sustracción de cocaína pudo haber operado entre el 18 de junio de 2020 -fecha en que se efectuó un relevamiento de los elementos secuestrados y acondicionaron la totalidad de la cocaína secuestrada- y el 11 de agosto de 2020, cuando se constató el faltante, dado que no se asentaban adecuadamente los ingresos y la mencionada falta de control del lugar.

Clara evidencia

Para la Cámara, los imputados desatendieron su deber como funcionarios públicos.

Al respecto, citaron el deber de los “agentes de la División Toxicomanía de la Policía de Misiones de custodiar los elementos de prueba y, con más razón, tratándose de estupefacientes nocivos para la salud pública, debiendo extremar los cuidados y medidas de seguridad para evitar su pérdida o reingreso a las calles de nuestra provincia”.

En ese marco, los camaristas opinaron que “(…) cabe destacar que de la inspección judicial, como de las declaraciones coincidentes de todos los imputados y de los testigos de la fuerza policial, se desprende que las instalaciones donde se guardaba la sustancia estupefaciente no contaba con medidas de seguridad adecuadas para ser utilizada como depósito de elementos vinculados a causas judiciales, teniendo en cuenta la cantidad y naturaleza de secuestros existentes en el lugar”.

“Así, y si bien las investigaciones continúan su curso a efectos de individualizar al autor o autores materiales de la sustracción, lo cierto es que tanto la desaparición de droga, como las restantes irregularidades en los respectivos libros, permiten tener por acreditados los extremos exigidos por el tipo penal con el grado de probabilidad requerido en esta etapa del proceso”, concluyeron.

Sugestiva fuga
La cocaína desaparecida del depósito de la UR II pertenecía a un lote de 4,213 kilos secuestrado el 28 de septiembre del 2019 en Campo Viera, procedimiento que incluyó la detención de Luis L. (51), quien luego fue beneficiado con prisión domiciliaria y se fugó.

Este hecho, sumado a la desaparición de la droga, constituye un escándalo sin precedentes en el ámbito local que expuso serias falencias institucionales y significó un cimbronazo en la relación entre la Justicia Federal y la fuerza de seguridad provincial.

Tampoco se descarta que Luis L. haya contado con algún tipo de cobertura institucional que favoreció su escape, ya que la Policía de Misiones era la encargada de controlar el cumplimiento de la prisión domiciliaria.

El implicado fue detenido en Campo Viera, tras lo cual permaneció dos días internado en el hospital Samic de Oberá debido a inconvenientes de salud derivados de la diabetes.

En ese contexto, obtuvo el beneficio de la prisión domiciliaria y fijó residencia en la misma localidad adonde fue capturado por la Policía.

Se instaló con su pareja, una mujer varios años menor, al tiempo que una vez al mes personal policial concurría al domicilio para constatar la presencia del imputado.

No usaba tobillera electrónica y hacía una vida absolutamente normal, al punto que se fugó.

ElTerritorio

 

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