Proponen bajar el IVA al agua potable para equipararlo con productos esenciales
Un proyecto presentado por el diputado nacional misionero Oscar Herrera Ahuad volvió a poner en discusión una de las inconsistencias históricas del sistema tributario argentino: el agua potable paga hoy la misma alícuota de IVA que bienes de consumo general como electrodomésticos, pese a tratarse de un servicio esencial.
La iniciativa propone reducir del 21% al 10,5% el Impuesto al Valor Agregado aplicado a la provisión de agua regulada por medidor para usuarios domiciliarios. El objetivo es incorporar este servicio al listado de bienes y actividades que ya cuentan con una alícuota reducida por su importancia social.
La modificación sería técnicamente simple. El proyecto incorpora un nuevo inciso al artículo 28 de la Ley de IVA para incluir expresamente a “la provisión de agua regulada por medidor” dentro de las operaciones alcanzadas por la tasa reducida.
Un debate pendiente desde los años noventa
La alícuota general del IVA se mantiene en el 21% desde 1997. Con el paso de los años, distintas actividades y productos considerados esenciales fueron incorporándose al régimen reducido del 10,5%, entre ellos alimentos, medicamentos, libros y transporte de pasajeros.
Sin embargo, el agua potable nunca recibió ese tratamiento diferencial, aun cuando en 2010 la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció el acceso al agua y al saneamiento como un derecho humano fundamental, resolución a la que Argentina adhirió.
“El agua potable es un servicio indispensable para la vida humana, y mediante el esquema actual soporta una carga tributaria que no guarda relación con su naturaleza esencial”, sostiene el texto presentado en la Cámara de Diputados.
El impacto del IVA sobre los hogares
Uno de los principales argumentos del proyecto es el carácter regresivo del IVA. Al aplicarse la misma tasa para todos los consumidores, el impuesto representa una proporción mayor del ingreso en los hogares de menores recursos.
En el caso del agua potable, esa situación se agrava porque se trata de un consumo básico que no puede reducirse por debajo de determinados niveles mínimos sin afectar la salud y las condiciones de vida.
La iniciativa plantea que bajar la alícuota al 10,5% implicaría un alivio directo sobre las facturas residenciales y tendría un efecto redistributivo automático, sin necesidad de crear nuevos subsidios.
“Dicho alivio tiene carácter progresivo en términos relativos, en tanto el ahorro representa una proporción mayor del ingreso disponible de las familias de menores recursos”, argumenta el proyecto.
Costo fiscal y gradualidad
El texto también reconoce el impacto que cualquier modificación del IVA tiene sobre la recaudación nacional. Según estimaciones del entorno del legislador misionero, la reducción representaría entre el 0,01% y el 0,02% del PBI.
La propuesta alcanzaría inicialmente a usuarios residenciales, que representan alrededor del 60% de los consumidores del servicio. Los grandes usuarios, como industrias y distribuidoras, continuarían tributando la alícuota general del 21%.
“El IVA es la principal fuente de recaudación del Estado nacional, pero esta legislación viene de la década del noventa y hoy analizar moderarla gradualmente podría ayudar”, señala la fundamentación.
Un contexto de tarifas en aumento
La iniciativa llega además en un escenario de actualización tarifaria del servicio de agua potable. Desde enero de 2026 comenzó un proceso de convergencia tarifaria con incrementos mensuales definidos por el ente regulador del sector.
En ese marco, una reducción del IVA funcionaría como un mecanismo de compensación parcial frente al aumento de las boletas de agua para usuarios residenciales.
Qué dice el proyecto
El artículo central de la iniciativa establece:
“Incorpórese como inciso n) al artículo 28 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado el siguiente: ‘n) La provisión de agua regulada por medidor’”.
La norma prevé que, en caso de ser aprobada, entre en vigencia el primer día del mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.



