Habilitaron la realización de cultos religiosos en Iguazú
Mediante resolución en conjunto entre el Gobierno de Misiones y el Ministerio Salud Pública Misiones se aprueba el regreso de los cultos, confesiones religiosos, templos y/o iglesias a toda la provincia, incluido Puerto Iguazú.
Bajo estricto protocolo de seguridad sanitario, los fieles podrán volver a reunirse respetando:
Cupo máximo de fieles.
Días determinados y en horarios vespertinos
No se efectuará ningún tipo de acción y/o ritual que implique el contacto físico.
No se distribuirán folletos, libros o anotaciones litúrgicas u hojas de canto entre los fieles.
Prohibida la asistencia y permanencia de personas de grupos de riesgo (mayores de 65 años y niños)
Cada iglesia u organización religiosa establecerá el mecanismo de convocatoria a tales reuniones sea por familia, barrio, orden alfabético o terminación de DNI, por edad, etc.-
Reuniones que no superen un máximo de 40 (cuarenta) personas dependiendo del espacio físico de cada templo conforme a la cantidad de metros cuadrados tomando como referencia el siguiente ejemplo:
Templos hasta 50 metros cuadrados 5 personas. 100 metros cuadrados 10 personas.
Se implementarán varios servicios religiosos en distintos días y en horarios vespertinos únicamente (entre las 8:30 hs y 18:00 hs) a fin de evitar la aglomeración durante las reuniones, como al ingreso y egreso de las mismas.
Se adecuarán medios para controlar estrictamente la distancia social entre los asistentes de 2 (dos) metros, mediante la ubicaciónde las sillas y/o señalamientos en bancos –según mobiliario de cada templo.
Obligación de desinfectar: se realizará limpieza y desinfección del lugar antes y después de cada servicio y/o acto litúrgico.
Se tendrá un punto de control en el acceso al templo donde deberán: higienizarse las manos con alcohol en gel, alcohol líquido al 70% u otro desinfectante. Como así también la desinfección de los calzados con un trapo con lavandina u alfombras sanitarias, y verificar que toda persona que ingrese cuente con elementos de protección personal (tapabocas, barbijos, guantes, gafas, máscaras faciales etc.) o en todo caso proveerles de los mismos.