Resolución de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca respecto del ingreso al país por vía terrestre de un animal vivo de la fauna silvestre

 Resolución de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca respecto del ingreso al país por vía terrestre de un animal vivo de la fauna silvestre

Que por Resolución de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca Nº 725/90, en su artículo 3º se establece como únicos puertos de entrada y salida del país para toda exportación e importación de animales vivos de la fauna silvestre por medio aéreo el Aeropuerto Internacional de Ezeiza y medio marítimo el Puerto de Buenos Aires.

Que la Fundación Rewilding Argentina ha solicitado la importación de UN (1) ejemplar macho de yaguareté ( Panthera onca) de tres años y medio, Microchip: 939000001131878, por el paso fronterizo localizado entre las ciudades de Foz do Iguaçu (Brasil) y Puerto Iguazú (Argentina) proveniente de la Associação Mata Ciliar posee en la localidad de Jundiaí, San Pablo (Brasil) y será transportado por vía terrestre para ser alojado en la Estación Cuarentenaria San Cayetano ubicada en la localidad de San Cayetano, Provincia de Corrientes.

Que la Dirección de Recursos Naturales de la provincia de Corrientes, mediante Disposición Nº 437 de fecha 14 de julio de 2021, ha autorizado el ingreso a la provincia de UN (1) ejemplar macho de yaguareté (Panthera onca), de 3,5 años de edad, con Microchip N° 939000001131878 proveniente de la República Federativa del Brasil.

Que la Administración de Parques Nacionales aprobó el ingreso del ejemplar mencionado. Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIODIVERSIDAD de la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE ha elaborado el pertinente informe técnico que avala esta decisión. Que por todo lo expuesto, corresponde exceptuar a UN (1) ejemplar macho de yaguareté (Panthera onca) Microchip N° 939000001131878, de las Resoluciones de la Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca Nº 62 y Nº 63 ambas del año 1986, Nº 725/90 y de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable Nº 513/07 y autorizar el ingreso al país vía terrestre y el transito interprovincial, conforme lo solicitado.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92) modificada mediante el Decreto Nº 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, la Ley de Conservación de la Fauna Silvestre Nº 22.421 y su Decreto Reglamentario Nº 666 del 18 de julio de 1997.

Por ello,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Exceptuase de la prohibición de ingreso al país por vía terrestre establecida por el artículo 3° de la Resolución SAGyP Nº 725/90, a UN (1) ejemplar macho de yaguareté (Panthera onca) Microchip N° 939000001131878 por el paso fronterizo localizado entre las ciudades de Foz do Iguaçu (Brasil) y Puerto Iguazú (Argentina).

ARTÍCULO 2°.- Exceptuase de la prohibición de tránsito interprovincial establecida en el artículo 2º de la Resolución de la SAGyP Nº 62/86, artículo 1º de la Resolución SAGyP Nº 63/86, y artículo 1º de la Resolución SAyDS Nº 513/07, a UN (1) ejemplar macho de yaguareté (Panthera onca) Microchip N° 939000001131878 por el paso fronterizo mencionado en el artículo 1° en la provincia de Misiones hasta la provincia de Corrientes.

ARTÍCULO 3°: Autorícese, el ingreso al país y tránsito interjurisdiccional a UN (1) ejemplar macho de yaguareté (Panthera onca) Microchip N° 939000001131878, por el paso fronterizo mencionado en el artículo primero.

ARTÍCULO 4°.- La autorización dispuesta por el artículo 2° de la presente Resolución, tendrá vigencia por el término de UN (1) año a partir de la publicación de la presente en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Cabandie

e. 22/10/2021 N° 79816/21 v. 22/10/2021

Fuente: boletinoficial.gob.ar

Imagen: EcoRegistros

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