El Concejo Deliberante de Iguazú aprobó proyecto de ordenanza referente a moratoria de multas de tránsito
Ante la necesidad de los contribuyentes de regularizar las deudas por multas de tránsito y la necesidad de una urgente solución del problema que representa los vehículos y motos secuestrados por la Municipalidad de Puerto Iguazú, y
Considerando: Que, es de vital importancia una urgente resolución de problema que representa la retención de los rodados secuestrados por infracciones a la Ley de Tránsito, generando a la Administración Municipal inconvenientes por la cantidad de unidades que están bajo su tutela, como por otros inconvenientes que generan los bienes retenidos,como son la proliferación de criaderos para el mosquito “Aedes Aegypti”. La acumulación de vehículos también generan contaminación ambiental sumado al deterioro que sufren los bienes.
Además viendo la emergencia económica actual que está padeciendo el país y nuestra ciudad a causa de la pandemia por el Covid-19 de la cual nuestro municipio no es ajeno a esta situación. Es obligación del estado municipal aportar medios recursos para la búsqueda de soluciones para la situación descrita.
En virtud de ello consideran necesario dar una solución al problema planteado, a través de una moratoria.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de nuestra ciudad, sanciona con fuerza de ordenanza, Artículo 1º: Establécese una moratoria para todas las infracciones de tránsito y el recupero de los bienes secuestrados;
Artículo 2º: La moratoria establecida en el Artículo anterior, tendrá vigencia hasta el día 31 de Octubre del 2020.
A) Será requisito necesario para acceder al beneficio de esta moratoria aportar documentación correspondiente acreditando derecho sobre los bienes a retirar. Las cuotas vencerán los días quince (15) de cada mes, trasladándose al inmediato posterior en caso de ser sábado, domingo o feriados.
B) Las cuotas impagas devengarán un interés resarcitorio igual al que aplica el municipio para el resto de las tasas. Cuando se constate tres cuotas impagas consecutivas alternadas, se dejará caduca la moratoria, intimando al pago de la totalidad de la deuda regularizada. Las cuotas de la moratoria no podrán ser inferiores a pesos quinientos ($500).
Artículo 3°: En caso de bienes que actualmente se encuentren en custodia municipal policial y que hayan sido retenidos, podrán recuperarlos quienes acrediten haber cancelado las multas al contado o haber suscrito la moratoria que esta Ordenanza está implementando con los requisitos establecidos, acreditando el pago inicial de quinientos pesos ($500).
Adjuntamos el documento con más detalles.
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